domingo, 14 de diciembre de 2008

Define los siguientes términos

Derechos Señoriales:conjunto de rentas y beneficios que recibían los señores o nobles, como los derechos de paso, monopolios de molino, de tienda, de taberna y cobros derivados de la jurisdicción como multas, todo tipo de impuestos cedidos por el rey...

Mayorazgo: institución del antiguo derecho castellano que permitía mantener un conjunto de bienes vinculados entre sí de manera que no pudiera nunca romperse este vínculo. Los bienes así vinculados pasaban al heredero, normalmente el mayor de los hijos, de forma que el grueso del patrimonio de una familia no se diseminaba, sino que sólo podía aumentar.

Señorío de Abadengo:señorío en que es un monasterio el señor.

Señorío de Realengo:territorio bajo jurisdicción directa del rey, aunque no sin intermediarios.

Señorío Eclesiástico:territorio bajo jurisdicción de un noble eclesiástico

Señorío Jurisdiccional: aparte del dominio directo sobre sus tierras, el noble domina la justicia, es decir que tenía el derecho de legislar las leyes en sus tierras.

Señorio Laico: territorio bajo jurisdicción de un noble laico.

Señorío Solariego: similar al feudo,con una vinculación más estrecha con la tierra, y su forma típica de extraer el excedente es mediante prestaciones de trabajo, o pagos en especie o dinero.

Señorío Territorial: el propietario de la tierra, el noble, posee un dominio directo. La tierra es suya y cobra una renta a los campesinos. El único derecho de los campesinos s el de explotar la tierra.

Vasallo: campesino sujeto a señorío jurisdiccional sería un siervo sin libertad personal, figura que en los reinos hispánicos medievales se usa, pero no generalizadamente, al igual que un noble lo es de otro o del rey.

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